TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Programas sociales | a69_f15_a | Publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer efectivos sus derechos. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Ámbito(catálogo): Local/Federal | Tipo de programa (catálogo) | Denominación del programa | Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece la persona beneficiaria, en su caso | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> El programa o subprograma a cargo del sujeto obligado está relacionado con temáticas de violencia de género y/o igualdad de género (catálogo) | El programa es desarrollado por más de un área (catálogo) | Sujeto obligado corresponsable del programa | Área(s) responsable(s) del desarrollo del programa | Denominación del documento normativo en el cual se especifique la creación del programa | Hipervínculo al documento normativo en el cual se especifique la creación del programa | El periodo de vigencia del programa está definido (catálogo) | Fecha de inicio vigencia | Fecha de término vigencia | Diseño del programa | Objetivos,
alcance y metas del programa Tabla_492578 |
Población beneficiada estimada (número de personas) | Hipervínculo que dirija a la publicidad de los programas, en su caso | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Total de hombres | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Total de mujeres | Nota metodológica de cálculo | Monto del presupuesto aprobado | Monto del presupuesto modificado | Monto del presupuesto ejercido | Monto déficit de operación | Monto gastos de administración | Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances | Hipervínculo calendario presupuestal | Criterios de elegibilidad previstos (Redactados con perspectiva de género) | Requisitos y procedimientos de acceso (Redactados con perspectiva de género) | Monto mínimo por persona beneficiaria (en dinero o en especie) | Monto máximo por persona beneficiaria (en dinero o en especie) | Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana (Redactados con perspectiva de género) | Mecanismos de exigibilidad (Redactados con perspectiva de género) | Mecanismos de cancelación del apoyo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Periodo evaluado | Mecanismos de evaluación | Instancia(s) evaluadora(s) | Hipervínculo a resultados de informe de evaluación | Seguimiento a las recomendaciones (en su caso) | Indicadores
respecto de la ejecución del programa Tabla_492580 |
Formas de participación social (Redactados con perspectiva de género) | Articulación otros programas sociales (catálogo) | Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado | Está sujetos a reglas de operación (catálogo) | Hipervínculo a las Reglas de Operación (Redactados con perspectiva de género) | Informes
periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones Tabla_492622 |
Hipervínculo al padrón de personas beneficiarias o participantes. Este documento deberá ser el publicado en el DOF, Gaceta o cualquier medio oficial según corresponda | Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de actualización | Nota |
2024 | 01/07/2024 | 30/09/2024 | Local | Programas de transferencia | Programa de Becas 2024 para alumnas y alumnos inscritos en los niveles de Educación Básica en el Estado de Hidalgo | No | Si | Comité de Becas de Tipo Básico (Poder ejecutivo) | El Comité de Educación de Tipo Básico se integra por: I.- Presidente: La persona titular del Instituto Hidalguense de Educación; II.- Secretario Técnico: La persona titular de la Coordinación General Planeación y Evaluación del Instituto; III.- Secretario Ejecutivo: La persona titular de la Coordinación General de Administración y Finanzas del Instituto; IV.- Vocal: La persona titular de la Coordinación General de Educación Básica del Instituto; V.- Vocal: Un representante de la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado; VI.- Vocal: Un representante de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública del Gobierno del Estado; VII.- Vocal: Un representante de la Unidad de Planeación y Prospectiva del Gobierno del Estado; VIII.- Vocal: La persona titular de la Asociación Estatal de Padres de Familia del Estado de Hidalgo. | Ley de Becas del Estado de Hidalgo; Reglas de Operación del Programa de Becas 2024 para alumnas y alumnos inscritos en los niveles de Educación Básica en el Estado de Hidalgo. | https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-ordinario-0-del-23-de-marzo-de-2020 | Si | 01/07/2024 | 30/09/2024 | En Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio del 2011, a las Comisiones que suscriben, nos fue turnada la Iniciativa de Decreto que contiene la Ley de Becas y Ayudas al estudio del Estado de Hidalgo, presentada por los Diputados Hemeregilda Estrada Díaz, Sandra María Ordaz Oliver, Julián Meza Romero y J. Ramón Flores Reyes, integrantes del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática. | 1 | 0 | https://sep.hidalgo.gob.mx/index.php?ruta=convocatorias/becas-educacion-basica | 0 | 0 | (Presupuesto ejercido en el trimestre/monto promedio de beca)/3=Total estimado de beneficiarios | 0 | 0 | 0 | https://ihe.hidalgo.gob.mx/vistas/archivos/armonizacion/informacion_contable/1_Estado_de_Actividades/EA_01_2024.pdf | A. Estar debidamente inscrito como alumna o alumno del ciclo escolar respectivo, en escuelas públicas de Educación Básica del Estado de Hidalgo; B. Cursar alguno de los siguientes grados escolares: 1) Especial básica: cualquier grado; 2) Primaria: Tercero, cuarto, quinto o sexto grado; y 3) Secundaria: Segundo y Tercer grado; C. Acreditar el promedio solicitado, salvo los casos que demuestren situaciones emergentes, de discapacidad y/o vulnerabilidad; D. Solicitar al Comité el apoyo correspondiente; E. No contar con otra beca de presupuesto estatal o del sector privado al momento de solicitar la beca y durante el tiempo que reciba el beneficio de la misma; F. Comprobante de ingresos y documento suscrito, bajo protesta de decir verdad, por la madre, padre o tutor, en el que manifieste la condición de vulnerabilidad económica; G. Para el caso de Educación Básica y nivel Especial, ser menor de 18 años y cursar educación Básica; H. No tener calificación reprobatoria en ninguna asignatura durante el ciclo inmediato anterior; e I. En los casos sancionados por el Comité, para educación inicial y preescolar. | Se seleccionarán para recibir el beneficio de la beca a todas las alumnas y todos los alumnos que estén inscritos en los niveles y modalidades del tipo de Educación Básica, que cumplan los requisitos a que se refiere la Ley y la convocatoria respectiva. | 450 | 650 | Para quejas, denuncias, dudas y aclaraciones, favor de comunicarse a la Oficina del Departamento de becas, al número telefónico 7717173616 ext. 3616, correo electrónico departamento.becas@seph.gob.mx, instalaciones del IHE (edificio naranja), ubicadas en el Blvd. Felipe Ángeles S/N, Colonia Venta Prieta, Pachuca de Soto Hidalgo. | 1. Registrar solicitud en línea; 2. Carta compromiso debidamente requisitada por la madre, padre o tutor; 3. Constancia de ingresos del padre y, en su caso, madre o tutor; 4. CURP del menor que cursa educación básica y de la madre, padre o tutor; 5. Identificación oficial con fotografía y firma: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o documento migratorio, todos los anteriores expedidos por autoridad competente y vigentes, de la madre,padre o tutor; 6. Comprobante de domicilio de la madre, padre o tutor; 7. En caso de existir tutor legal, deberá presentar documentación oficial que lo acredite; 8. Boleta de calificaciones del ciclo lectivo inmediato anterior; y 9. En caso de menores que por discapacidad requieran educación especial o atención diferente, dictamen de discapacidad emitido por alguna institución pública competente. | I.-
El becario cambie de institución educativa; II.- El becario abandone los estudios durante el ciclo escolar correspondiente; III.- El becario incurra en problemas de conducta en la escuela; IV.- En caso de que el becario haya fallecido; V.- Los padres de familia incurran en problemas en el plantel educativo; y VI.- Se detecte falsedad de declaración y/o presente documentación alterada o apócrifa. |
Jul-Sept 2024 | Cuestionario | Programa de Becas | 1 | Forma parte del Comité: VIII.-Vocal: La persona titular de la Asociación Estatal de Padres de Familia del Estado de Hidalgo. | No | Sí | https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=Periodico-Oficial-Alcance-8-del-28-de-febrero-de-2023 | 1 | Coordinación General de Administración y Finanzas, Coordinación General de Planeación y Evaluación (IHE) | 10/10/2024 | En el periodo que se informa el Instituto Hidalguense de Educación, comunica que en el campo Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece el beneficiario, en su caso, no se hace mención ya que las Reglas de operación de Becas 2024 no lo indica, en los campos Población beneficiada estimada (número de personas), Total de Hombres, Total de Mujeres, Monto del presupuesto modificado, Monto del presupuesto ejercido, Monto déficit de operación y Monto gastos de operación se reportan en cero ya que de acuerdo al proceso del Programa de Becas y conforme a la convocatoria correspondiente, los resultados de asignación se darán a conocer en el cuarto trimestre del año, los montos de presupuesto aprobado, modificado (La DGIRyE no cuenta con esa información) y ejercido son mencionados de manera mensual, por cada uno de los diez meses del ciclo escolar, sobre el campo Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances, se hace mención que no hay modificaciones, de los campos Hipervínculo a resultados de informe de evaluación y Seguimiento a las recomendaciones (en su caso), del campo Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado no se tiene denominación en virtud de que no se cuenta con articulación con otros programas sociales, del campo Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar no se tiene Padrón de Beneficiarios, se incluye el hipervínculo a los informes periódicos sobre la ejecución del programa, no se cuenta con la información relacionada con el hipervínculo al resultado de las evaluaciones realizadas a dichos informes ni de la fecha de publicación en el DOF, gaceta o equivalente de las evaluaciones realizadas a los programas, ya que no se contemplan en la Ley de Becas del Estado de Hidalgo ni en las Reglas de Operación del Programa de Becas para estudiantes de Tipo Básico en Escuelas Públicas del Estado de Hidalgo. |